Aprobada por la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de Enel Generación Perú S.A.A. de fecha 29 de julio de 2020.
Repartir hasta el 100% de las utilidades de libre disposición de la siguiente manera:
- Primer dividendo a cuenta: hasta el 100% de las utilidades acumuladas al primer semestre, pagadero en el mes de setiembre de 2020.
- Segundo dividendo a cuenta: hasta el 100% de las utilidades acumuladas al tercer trimestre, después de deducido el primer dividendo a cuenta, pagadero en el mes de noviembre de 2020.
- Dividendo complementario: hasta el 100% de las utilidades acumuladas al cuarto trimestre de 2020, descontando los dividendos a cuenta del ejercicio entregados previamente. El pago se realizará en la fecha que determine la junta general obligatoria anual de accionistas, salvo que dicha junta acuerde modificar el destino del saldo de la utilidad de libre disposición no distribuido a cuenta durante el ejercicio.
La conveniencia de la distribución, así como los importes a distribuir y su fecha de pago, en su caso, serán definidos por el directorio en cada oportunidad, sobre la base de la disponibilidad de fondos, planes de inversión y el equilibrio financiero de la compañía.
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