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Conociendo las tarifas

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En Enel Distribución Perú ofrecemos distintas tarifas para redes de Baja Tensión (220 voltios) y Media Tensión (entre los 10 000, 13 800, 20 000 y 22 900 voltios).

Asimismo, te explicamos algunos términos básicos para facilitar el cálculo de tu tarifa:

- Energía activa: es la que ingresa a una instalación para producir luz, calor y movimiento.

- Energía reactiva: crea campos electromagnéticos que alimentan motores eléctricos. Solo se facturan cuando su consumo excede el 30% de la Energía Activa Total del mes.

- Potencia: es la capacidad con la que cuenta tú suministro para poder utilizar equipos eléctricos. Esta potencia se calcula en watts (W) o Kilowatts (kW).

- Hora punta: es el horario comprendido entre los días lunes y sábado de 18:00 a 23:00 horas.

- Hora fuera de punta: corresponde a las horas no comprendidas dentro de la hora punta, incluyendo domingos y feriados.

- Máxima demanda leída: es el más alto valor de las demandas de potencia activa integradas en los períodos sucesivos de 15 minutos durante el mes facturado.

De acuerdo a las necesidades de tu negocio, puedes utilizar estos enlaces para comprender tu tarifa:

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Costo de Conexión 04 de diciembre del 2022

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Reposición y Mantenimiento 04 de diciembre 2022

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Cargo de Corte y Reconexión - 04 de diciembre del 2022

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Cargo por Alumbrado Público - Marzo 2023

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NEW | 3 de marzo de 2023

Pliego Tarifario del 04 de marzo 2023

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Tarifas para Clientes Libres

Las tarifas para clientes libres de Enel Generación Perú o de Enel Generación Piura están compuestas por cargos que comprenden las 3 actividades del sector eléctrico: (i) generación, (ii) transmisión y (iii) distribución.

Las que están asociadas al sector de generación tienen cargos relacionadas al consumo de energía activa y potencia activa que se fijan de común acuerdo entre las partes que generalmente se fijan en dólares; y los cargos que están asociados al sector de transmisión y distribución, que se fijan en soles, corresponden a cargos que están regulados o preestablecidos por los organismos reguladores, en este caso Osinergmin y los mismos se aplicarán en función a la ubicación física del punto de suministro del cliente.
 

Tarifas para Clientes Regulados

Las tarifas para clientes regulados de Enel Generación Perú y Enel Generación Piura, que en este caso corresponden a las empresas distribuidoras, están compuestas por cargos que comprenden a 2 actividades del sector eléctrico: (i) generación y (ii) transmisión.

Las que están asociadas al sector de generación, tienen cargos relacionados al consumo de energía activa y potencia activa que se establecen como resultado de: (i) procesos de licitación de largo plazo (que son supervisados por Osinergmin); y (ii) procesos de licitación o negociación directa con precios máximos cuyo límite es el precio de barra (que es establecido por Osinergmin en cada fijación tarifaria en mayo de cada año). Estos precios se fijan en soles.

Los cargos que están asociados al sector de transmisión corresponden a cargos que están regulados o son preestablecidos por los organismos reguladores, en este caso Osinergmin.

Dentro de los principales cargos regulados fijados por Osinergmin tenemos los siguientes:

(i) Peaje de Conexión del Sistema Principal de Transmisión (PCPST): Corresponde al pago que lo realizan todos los usuarios (libres o regulados) por el sistema principal de transmisión, que es la parte común al conjunto de generadores de un sistema eléctrico interconectado, que permite el intercambio de electricidad y la libre comercialización de la energía eléctrica.

(ii) Cargo por Fondo de Inclusión Social Energética (FISE): Establecido en el reglamento de la Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, que en su título III, artículo séptimo, establece un recargo en la facturación mensual para Usuarios Libres de Electricidad y que será igual a la fórmula:

rc = (G+T+D)*(F-1)/E

donde los términos significan:

rc = recargo unitario expresado en ctm S/./kWh

G = Facturación por compra de potencia y energía a precios libres

T = Facturación por peajes de transmisión regulados por OSINERGMIN

D = Facturación por la tarifa de distribución regulados por OSINERGMIN

E = Energía facturada al usuario libre

(iii) Aporte por Ley de Electrificación Rural (LER): Creado por el reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, en su Título II, artículo séptimo, inciso h), en el que se define el aporte de los usuarios libres de electricidad, de 2/1000 de una UIT por megavatio/hora facturado, con excepción de aquellos que no son atendidos por el Sistema Interconectado Nacional.

(iv) Valor Agregado de Distribución (VAD): Es parte de la tarifa final al usuario, que remunera el servicio de distribución eléctrica y que están representadas por el VAD.

(v) Cargos por Área de Demanda: Son los cargos que sirven para remunerar los sistemas secundarios de transmisión y los sistemas complementarios de transmisión en un área de demanda, que se define de acuerdo con las zonas geográficas del país y con las zonas de concesión de las empresas distribuidoras.

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